¿Le deben dinero y ya no le contestan el teléfono? Antes de dar ese dinero por perdido, revise con calma qué tipo de deuda tiene y con qué papeles cuenta. De eso depende casi todo lo demás.
¿Deuda civil o deuda mercantil?
Es lo primero que preguntamos. En términos generales, una deuda es mercantil cuando nace de un acto de comercio: la compraventa entre comerciantes, el suministro de un proveedor a una empresa o la firma de un pagaré. Es civil cuando surge entre particulares sin fin comercial, como el préstamo a un familiar o ciertos arrendamientos.
La diferencia no es de libro. Define si se aplica el Código de Comercio o el Código Civil del estado que corresponda, ante qué juez se demanda, qué juicio procede y cuánto tiempo tiene usted para reclamar. Hemos visto demandas presentadas por la vía equivocada que hubo que volver a empezar.
Cobro de pagarés en juicio ejecutivo mercantil
El pagaré es un título de crédito, y la ley le reconoce algo que pocos documentos tienen: trae aparejada ejecución. Por eso el cobro de pagarés normalmente se tramita en un juicio ejecutivo mercantil. Desde el inicio, el juez puede ordenar que se requiera de pago al deudor y, si no paga en ese momento, que se embarguen bienes suficientes para garantizar la deuda.
Ahora bien, el pagaré tiene que estar bien hecho. Debe cumplir los requisitos que marca la ley, entre ellos la promesa incondicional de pagar una suma determinada y la firma del deudor. Si le falta algo, puede perder su fuerza ejecutiva y el cobro se va por un camino más largo.
Luego está el tiempo, que es donde más acreedores se confían. La acción cambiaria directa derivada de un pagaré prescribe en tres años contados a partir del día de su vencimiento, conforme al artículo 165 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito. Esperar «a ver si paga» tiene un límite.
Cuando no hay pagaré
Una factura que nunca se pagó o un contrato de servicios incumplido también se pueden cobrar. Sirven el contrato, la factura o cualquier otro medio que acredite la obligación. En materia mercantil existe el juicio oral mercantil, en el que ciertos asuntos se resuelven en audiencias de forma más directa. Según la cuantía y la naturaleza del asunto, también puede proceder un juicio ordinario, mercantil o civil.
Los préstamos entre particulares son los más difíciles: casi nunca hay nada firmado. La deuda existe igual, pero cuesta más probarla.
Lo que conviene guardar desde el primer día
El juez resuelve con lo que usted pueda probar. Guarde contratos, facturas, comprobantes de transferencia, recibos y estados de cuenta. Los mensajes también cuentan: un correo o un chat donde el deudor escribe «te pago el mes que entra» puede pesar mucho. No borre esas conversaciones aunque la relación se haya puesto tensa.
¿Negociar o demandar? Cómo lo valoramos en la Ciudad de México y Mérida
No todo cobro tiene que terminar en un juzgado. Una carta de requerimiento bien redactada, un convenio de pago por escrito o una mediación a veces resuelven el problema con menos costo. Eso sí, la cobranza extrajudicial debe ser respetuosa y legal: sin amenazas, sin exhibir al deudor y sin presionar a su familia.
¿Cuándo conviene ir a juicio? Normalmente cuando el deudor dejó de responder o el plazo para reclamar empieza a jugar en su contra. También pesan el monto, la calidad de los documentos y, sobre todo, si el deudor tiene bienes con qué pagar, porque ganar un juicio contra alguien sin patrimonio rara vez se traduce en dinero. Una asesoría legal en la Ciudad de México o una consultoría legal en Mérida antes de decidir le ayuda a saber si el litigio vale la pena en su caso.
¿Y si a usted le están cobrando?
Si recibe un requerimiento o lo emplazan a juicio, no lo deje en el cajón. Los plazos para contestar una demanda son breves. Hay defensas que vemos con frecuencia: pagos que ya se hicieron y no se reconocen, firmas que no corresponden, pagarés llenados de forma distinta a lo que se pactó o deudas que ya prescribieron. Mientras antes se revise, más margen tiene.
Grupo ASA en cobros y defensas
Trabajamos como abogados mercantiles en CDMX y en Mérida, y llevamos asuntos de los dos lados: acreedores que quieren recuperar su dinero y personas o empresas que necesitan defenderse de un cobro. Si es extranjero o su empresa tiene socios de fuera y necesita un abogado bilingüe en México o un abogado bilingüe en Mérida, le atendemos en español y en inglés. Conozca más en nuestras páginas de juicios civiles y mercantiles y de litigio civil y mercantil.
Este artículo ofrece información general sobre el marco jurídico mexicano vigente a octubre de 2026. No constituye asesoría para un caso concreto ni sustituye la revisión de un abogado. Cada asunto debe analizarse con sus documentos y circunstancias particulares.


